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FRANCHISING AGREEMENT
CONTRATO DE FRANQUICIA - FRANCHISING AGREEMENT
En [Document's City / Ciudad del Documento] el [Document's Date / Fecha del Documento].
REUNIDOS
DE UNA PARTE.- [Nombre del Franquiciador] (datos del FRANQUICIADOR, domicilio y cualquier otro necesario )
Y DE OTRA.- [Nombre del Franquiciado] (datos del FRANQUICIADO, domicilio, y cualquier otro dato necesario)
INTERVIENEN
El primero, en calidad de Apoderado en nombre y representaci�n de la sociedad [Society's Name / Nombre de la Sociedad] [Representative's Name / Nombre del Representante], con domicilio en [Representative's Address / Domicilio del Representante], constituida en escritura de [Document's Date / Fecha de la Escritura] ante el Notario [Notary's Name / Nombre del notario], e inscrita en el Registro Mercantil de [Register's Name / Nombre del Registro], al Tomo [Tome Number / N�mero de Tomo], de la Secci�n [Section Number / N�mero de Secci�n] del Libro de Sociedades, Folio [Folio Number / N�mero de Folio], hoja [Sheet Number / N�mero de Hoja], seg�n se acredita (en adelante FRANQUICIADOR).
Los segundos en calidad de Administradores solidarios, en nombre y representaci�n de la sociedad [Nombre de la sociedad representada], con domicilio en [Domicilio de la sociedad], seg�n acreditan mediante la presentaci�n de la Escritura de Constituci�n de la sociedad y sus Estatutos.
EXPONEN
1.- Que el FRANQUICIADOR ha desarrollado unos m�todos espec�ficos de distribuci�n y venta al por menor de [Tipo de Venta], y una extensa gama de complementos y servicios de [Services Type / Tipo de servicios] (detallados en el Anexo I y en adelante referidos como los "Productos").
2.- Que los m�todos comerciales desarrollados por el FRANQUICIADOR, incluyendo conocimientos, experiencia, informaci�n reservada, relaci�n con proveedores, selecci�n de productos, control de stocks, imagen de productos, instalaci�n, decoraci�n, puesta en marcha, promoci�n y funcionamiento general de los establecimientos destinados a la venta de los Productos (en adelante el "Sistema") son secretos y de exclusiva propiedad del FRANQUICIADOR.
3.- Que el FRANQUICIADOR es el propietario de ciertas marcas, nombre comercial y signos distintivos descritos en el Anexo II bajo los cuales se han venido comercializando los Productos bajo el Sistema (en adelante, las "Marcas").
4.- Que el FRANQUICIADOR directamente o mediante contrato con terceros posee una red de establecimientos de venta (en adelante "Tiendas", o en su conjunto la "Red") donde se distribuyen al por menor los Productos bajo las Marcas y de acuerdo con el Sistema a trav�s de las cuales se ha consolidado una reputaci�n de prestigio y calidad de los Productos.
5.- Que [Franchisee's Name / Nombre del Franquiciante], desea acceder a los beneficios que se obtienen por ser identificado con las Marcas del FRANQUICIADOR y tiene pleno convencimiento de que el Sistema puede ser operado con �xito en el Territorio definido en el presente contrato.
6.- Que el FRANQUICIADOR tiene intenci�n de expandir el negocio y desarrollar la Red en el Territorio manteniendo en todo momento la imagen e integridad del Sistema, y [Nombre del Franquiciado], desea participar en la red a trav�s de la apertura de Tienda, en el Territorio y plena utilizaci�n del Sistema en los t�rminos y condiciones del presente contrato.
En virtud de lo expuesto, las Partes, reconoci�ndose mutuamente la capacidad legal necesaria para contratar, acuerdan formalizar el presente CONTRATO DE FRANQUICIA de acuerdo con las siguientes,
ESPIPULACIONES
PRIMERA.- NOMBRAMIENTO.
De acuerdo con los t�rminos y condiciones contenidas de este contrato, [Franchisee's Name / Nombre del Franquiciante], nombra a [Nombre del Franquiciado], (en adelante el FRANQUICIADO) como FRANQUICIADO de la Red en los t�rminos y condiciones que ese expresan en el presente contrato.
La Franquicia se concede con relaci�n a los productos referidos en el Anexo I y bajo las marcas y nombre comercial descritos en el Anexo II del presente contrato.
SEGUNDA.- TIENDA
El FRANQUICIADO explota la Franquicia desde el establecimiento situado en [Ubicaci�n de la tienda].
El local tiene una superficie �til de [Superficie del Local] metros cuadrados. Cualquier modificaci�n del local que modifique los datos consignados requerir� el previo consentimiento expreso, por escrito, del FRANQUICIADOR (se adjunta como Anexo IV del presente contrato los planos del local).
Sin perjuicio de lo anterior, el local donde se ubicar� la Tienda ser� obligatoriamente objeto de un Proyecto de Adaptaci�n a la Imagen Corporativa de la Red y Distribuci�n Integral de Stoks a cargo de los profesionales del Departamento de Imagen y Producto del FRANQUICIADOR.
Este proyecto se adjunta como Anexo VI del presente contrato de franquicia.
El FRANQUICIADO deber� adecuar y adaptar las obras de reforma, decoraci�n y el proceso de compra y distribuci�n del stock en la Tienda de tal modo que cumpla estrictamente, a juicio del FRANQUICIADOR, las directrices que el Proyecto recoja.
En el caso de que no se plasmen o implementen, por parte del FRANQUICIADO, alguno de los elementos que, adaptados a la Tienda, sean esenciales a la Imagen Corporativa y necesaria homogeneidad de la Red de Tiendas [Red de Tiendas], el FRANQUICIADOR tendr� derecho a resolver el presente contrato sin perjuicio de otros derechos o remedios.
La Tienda se utilizar� �nica y exclusivamente para la explotaci�n de la FRANQUICIA.
La apertura de una nueva Tienda, por parte del FRANQUICIADO en el Territorio descrito en la estipulaci�n tercera del presente contrato precisar� la autorizaci�n expresa previa del FRANQUICIADOR y la celebraci�n de un nuevo contrato de franquicia entre las partes para la explotaci�n de la nueva franquicia.
TERCERA.- EXCLUSIVIDAD.
El FRANQUICIADOR se compromete a no autorizar la apertura de otros establecimientos de otros franquiciados o nombrar a nuevos franquiciados en [Regi�n de Territorio de no competencia], (en adelante el Territorio).
El FRANQUICIADO se obliga a no explotar de manera activa la franquicia fuera del Territorio y, en particular, a no realizar b�squeda o prospecci�n de clientes fuera del territorio.
La exclusividad a la que se refiere el p�rrafo primero de la presente estipulaci�n no se extender� a los Centros Comerciales actuales o futuros que existan o puedan establecerse en el Territorio. En el caso de que el FRANQUICIADOR considere conveniente la apertura de una Tienda, por s� mismo o a trav�s de un tercer, en un Centro Comercial dentro del Territorio, comunicar� por escrito tal circunstancia al FRANQUICIADO quien dispondr� de un derecho de primera opci�n ejercitable del siguiente modo: una vez recibida la comunicaci�n, tendr� un plazo de [Plazo para analizar el proyecto] d�as para analizar el proyecto, prestando el FRANQUICIADOR su total colaboraci�n al respecto. Una vez transcurrido este plazo, el FRANQUICIADO dispondr� de [D�as para manifestar] d�as para manifestar su deseo de ejercitar la opci�n antes aludida. Caso de no ejercitarse, el FRANQUICIADOR podr� decidir libremente la apertura de un local, bien por s�, bien por medio de un tercero. Caso de ejecitarse, la apertura del local deber� llevarse a cabo en el plazo de [Period Duration / Duraci�n del Plazo] meses. Transcurrido dicho plazo sin que la apertura se haya llevado a efecto el FRANQUICIADOR podr� decidir libremente la apertura del local, bien por s�, bien por un tercero.
Se entender� por Centro Comercial a los efectos de la presente estipulaci�n toda actuaci�n promovida dentro del marco de una actuaci�n espec�fica, integrada y homog�nea para la explotaci�n de comercios al por menor.
CUARTA.- NO COMPETENCIA.
El FRANQUICIADO se compromete, durante la vigencia del presente contrato, a no dedicarse, directa o indirectamente, a la explotaci�n de un negocio o actividad comercial similar al que resulta objeto de esta franquicia en lugares en los que compitiera con franquiciados pertenecientes a la Red o con el mismo franquiciador.
Igualmente, durante [Duraci�n de Terminaci�n] a�os posterior a la terminaci�n del presente contrato, el FRANQUICIADO se compromete a no establecer, directa o indirectamente, un negocio o actividad comercial similar al que resulta objeto de esta franquicia en el Territorio.
El FRANQUICIADO se compromete a no participar directa o indirectamente en la fabricaci�n, comercializaci�n, representaci�n, promoci�n y venta al por menor de cualesquiera productos que compitan con los Productos objeto de esta franquicia.
Las obligaciones referidas en los p�rrafos anteriores de esta estipulaci�n se extienden a la participaci�n del FRANQUICIAD en el capital social de empresas competidoras, siempre que dicha participaci�n y/u otras circunstancias permitieran al FRANQUICIADO ejercer una influencia en la conducta econ�mica de dicha empresa.
Ambas partes reconocen que el presente contrato de franquicia se celebra en atenci�n a las caracter�sticas personales de las mismas, por lo tanto, las obligaciones contenidas en la presente estipulaciones extienden a las personal f�sicas mencionadas.
QUINTA.- RELACION ENTRE LA PARTES.
El FRANQUICIAD es un contratista independiente y no es empleado, agente, socio, copart�cipe en la empresa conjunta del FRANQUICADOR, ni existe relaci�n fiduiciaria alguna entre las Partes. El FRANQUICIADO no tendr� derecho a obligar o vincular al FRANQUICIADOR en forma alguna ni har� nada que pueda parecer que tiene derecho a hacerlo. El FRANQUICIADOR no tiene control alguno sobre los t�rminos y condiciones de contrataci�n de los empleados del FRANQUICIADO.
En todos los Registros y en todas las relaciones con terceros, material de oficina, facturas, etc, el FRANQUICIADO har� constar claramente su naturaleza de empresa independientemente del FRANQUICIADOR, todo ello sin afectar a la homogeneidad e imagen uniforme de la Red.
SEXTA.- OBLIGACIONES DEL FRANQUICIADO.
Sin perjuicio de lo establecido en otras estipulaciones del presente contrato, el FRANQUICIADO se obliga a:
1a.- Usar el know-how t�cnico y comercial suministrado por el FRANQUICIADOR. El FRANQUICIADO utilizar� el Sistema �nica y exclusivamente en lo que respecta a la explotaci�n de la franquicia concedida en el presente contrato. El FRANQUICIADO deber� explotar la Tienda, de acuerdo con el Sistema, y con la modificaciones de �ste �ltimo adoptadas de tiempo en tiempo por el FRANQUICIADOR.
2a.- Vender en la Tienda, exclusivamente aquellos Productos objeto del presente contrato que hayan sido suministrados directamente por el FRANQUICIADOR, por otros franquiciados de la Red o por terceros designados y autorizados expresamente por el FRANQUICIADOR a tal fin, todo ello con el objeto de mantener la identidad com�n y uniformidad de la Red.
El FRANQUICIADO no pondr� a la venta en la Tienda otros productos excepto los suministrados de acuerdo con el p�rrafo anterior. Sin perjuicio de lo establecido en la estipulaci�n d�cimo segunda del presente contrato, ambas partes reconocen que la infracci�n de esta obligaci�n causar�a perjuicios al FRANQUICIADOR y a la Red en su conjunto que deber�n ser reparados.
3a.- Vender los productos objeto de este contrato exclusivamente a los consumidores finales o a otros FRANQUICIADOS. En particular, pero sin limitar la generalidad de la obligaci�n aqu� impuesta, el FRANQUICIADO no vender� los Productos a terceros que tengan la intenci�n de revender los Productos, tanto en el Territorio objeto de este contrato como en otros territorios.
4a.- No vender ni exhibir en la Tienda, ning�n producto o art�culo cuya exhibici�n o promoci�n pudiera deteriorar la imagen o reputaci�n de los productos objeto de este contrato. No utilizar formas de comercializaci�n de los productos que puedan afectar negativamente a la imagen y reputaci�n de los mismos y, en particular a la venta de los mismos por correo y/o tel�fono o por cualquier otro medio que no suponga la venta directa de los productos desde la Tienda.
5a.- Usar los signos distintivos de la Red, siempre de acuerdo a los t�rminos establecidos en el presente contrato, para preservar la imagen y homogeneidad de la Red. Sin perjuicio de esta obligaci�n general, el FRANQUICIADO deber�, en particular pero de forma no exhaustiva, colocar, mantener y conservar los signos en el exterior e interior de la Tienda, en el etiquetado, envoltorio y embalajes de los productos preparados para los consumidores finales, en las facturas, en los medio de transporte y en todo tipo de literatura promocional u objeto publicitario.
La utilizaci�n de los referidos signos distintivos se har� bajo las instrucciones del FRANQUICIADOR y en estrecho contacto con el mismo.
6.- Seguir las instrucciones del FRANQUICIADOR relativas a decoraci�n, mobiliario, equipamientos y accesorios de la Tienda, que est�n vigentes en cada momento. El FRANQUICIADO se compromete a introducir cualquier modificaci�n en estos elementos que sea solicitada por el FRANQUICIADOR. Asimismo, el FRANQUICIADOR se obliga a no introducir modificaciones sustanciales en el dise�o de la Tienda, sin el consentimiento del FRANQUICIADOR.
7.- Soportar los gastos de instalaci�n y mantenimiento de la Tienda; obtener y preservar, a su costa, cuantos permisos y licencias sean necesarios para la ejecuci�n de las obras, apertura de la Tienda y su explotaci�n; contratar todos los seguros que sean necesarios para el aseguramiento de todas las eventualidades tenidas en cuenta en el uso comercial incluyendo necesariamente seguros de da�os y responsabilidad que aseguren la Tienda y su contenido as� como un seguro de responsabilidad civil frente a terceros por los productos vendidos.
8.- Asegurar la integridad y vigencia de los derechos de propiedad, posesi�n o arrendamiento sobre el local donde se ubica la Tienda, cumpliendo con toda obligaci�n legal o fiscal derivada de su uso que asegure la realizaci�n de la actividad comercial propia de la explotaci�n de la franquicia en el mismo.
9.- Reconocer el derecho exclusivo del FRANQUICIADOR a los signos utilizados en la Red. El FRANQUICIADO utilizar� las marcas y r�tulos comerciales exclusivamente a los efectos del presente contrato y se abstendr� de promover el registro de los mismos en su nombre o a nombre de terceros o realizar cualquier acci�n que pueda poner en peligro la titularidad de dichos derechos por el FRANQUICIADOR.
El FRANQUICIADO colaborar� en el mantenimiento y protecci�n de los r�tulos y marcas propiedad del FRANQUICIADOR, incluyendo la comunicaci�n inmediata al FRANQUICIADOR de cualquier indicio que pudiera suponer la infracci�n de los derechos de propiedad de este �ltimo.
10.- Reconocer el derecho exclusivo del FRANQUICIADOR al know-how t�cnico y comercial transmitido al FRANQUICIADO. El FRANQUICIADO no comunicar� a terceros, durante la vigencia de este contrato ni luego de la terminaci�n del mismo por cualquier causa, el contenido de los documentos ni los conocimientos transmitidos por el FRANQUICIADOR salvo que los mismos sean de dominio p�blico.
11.- Mantener en el establecimiento una muestra representativa de los modelos de productos objeto de esta franquicia.
12.- Permitir al FRANQUICIADOR, en horario de apertura, inspeccionar la Tienda, para la comprobaci�n del cumplimiento de las obligaciones derivadas de este contrato; facilitar al FRANQUICIADOR la inspecci�n de todos los datos relevantes para este fin y, en particular, contabilidad, facturas y listado de clientes. El FRANQUICIADO deber� conservar las facturas emitidas durante, al menos, un a�o.
13.- Comprometerse a remitir al FRANQUICIADOR, con car�cter trimestral la informaci�n que lo sea solicitada por �ste, contenida en el formulario que a tal efecto ha adoptado el FRANQUICIADOR para el conjunto de la Red, con objeto de permitir al FRANQUCIADOR adecuar su estrategia a las necesidades de mercado y adoptar las medidas tendentes al mejor funcionamiento de la Red en su conjunto.
La informaci�n antes aludida podr� ser remitida al FRANQUICIADOR por medio de los sistemas o soportes f�sicos o inform�ticos establecidos por el FRANQUICIADOR para el conjunto de la Red, o por aquellos que establezca en el futuro.
14.- Comunicar al FRANQUCIADOR todas las mejoras obtenidas en la explotaci�n de la franquicia, someti�ndolas a su aprobaci�n y concedi�ndole, caso de ser aprobadas, una licencia no exclusiva sobre las mismas.
15.- Desde la apertura de la Tienda al p�blico, contratar el personal necesario para la correcta explotaci�n de la franquicia objeto de este contrato y asegurarse de que dicho personal conozca y aplique el Sistema correctamente y atiendan, cuando as� lo requiera el FRANQUICIADOR, cuantos cursos de formaci�n y actualizaci�n sean programados por este �ltimo, soportando el FRANQUICIADO el conste del viaje y de la asistencia a los mencionados cursos.
S�PTIMA.- PUBLICIDAD.
El FRANQUCIADO contribuir� con el [Porcentage del volumen] % del volumen neto de las compras anuales de los Productos que realice, cantidad que ir� destinada a la financiaci�n de los esfuerzos promocionales y publicitarios del conjunto de la Red en Espa�a.
El FRANQUICIADOR mantendr� a disposici�n de todos los FRANQUICIADOS de la Red un sistema de informaci�n transparente del conjunto de inversiones de car�cter publicitario, mercadot�cnico y promocional que realice a lo largo de cada a�o natural.
Se entiende por volumen neto de compras el total de las que el FRANQUICIADO realice una vez deducidos los impuestos directos que les sean aplicables.
La facturaci�n publicitaria se realizar� por semestres naturales vencidos, aplicando el porcentaje mencionado sobre las compras realizadas en el periodo en cuesti�n. La factura del primer semestre natural se emitir� con fecha de [Fecha de Facturaci�n 1] de cada a�o y la del segundo semestre natural con fecha de [Fecha de Facturaci�n 2] de cada a�o, realiz�ndose el pago de dichas facturas en la forma y plazo previstos en las Condiciones Generales de Venta de los Productos que figuran como anexo de este contrato.
Esta contribuci�n se impone a todos las FRANQUICIADOS de la Red.
Sin perjuicio de lo anterior, el FRANQUICIADO, podr� llevar a cabo a su cargo acciones publicitarias y promocionales en el consentimiento expreso y por escrito del FRANQUICIADOR con car�cter previo a la realizaci�n de cualquier tipo de acci�n de esta clase y contando con la colaboraci�n de este �ltimo en lo que se considere oportuno por ambas partes.
OCTAVA.- PRECIOS RECOMENDADOS.
El FRANQUICIADOR podr� recomendar al FRANQUICIADO los precios de venta al p�blico que, en funci�n de su contenido del mercado, considere convenientes.
NOVENA.- OBLIGACIONES DEL FRANQUICIADOR.
Sin perjuicio de lo establecido en otras estipulaciones del presente contrato, el FRANQUICIADOR se obliga a:
1.- Asistir al FRANQUICIADOR en todo lo necesario para la instalaci�n y puesta en marcha de la Tienda.
2.- Asistir al FRANQUICIADO en todo lo necesario para la correcta explotaci�n comercial de la franquicia, incluyendo visitas a la Tienda, y reuniones para solventar los problemas que pueda tener el FRANQUICIADO.
3.- Formar al personal del FRANQUICIADO sobre los Productos y el mercado objeto de la franquicia.
4.- Comunicar el know-how t�cnico, comercial e inform�tico necesario para la explotaci�n de la franquicia.
DECIMA.- PERSONALIDAD.
El presente contrato de franquicia se celebra en atenci�n a las caracter�sticas personales de la mercantil [Name of the Company / Nombre de la Mercantil] y la entidad [Entity Name / Nombre de la Entidad] En consecuencia, el FRANQUICIADO no podr�, en ning�n caso, ceder ni transmitir ning�n derecho u obligaci�n resultante de este contrato cuando esta cesi�n o transmisi�n implique la desvinculaci�n de las personas jur�dicas mencionadas de la franquicia objeto del presente contrato. del mismo modo, el FRANQUICIAD no podr� realizar cambios en la estructura de participaci�n de la sociedad franquiciada que supongan o puedan suponer un cambio en el control de la misma.
Sin perjuicio de lo anterior, [Nombre de los fiadores] se constituyen en fiadores solidarios del cumplimiento de todas las obligaciones asumidas por el FRANQUICIADO derivadas del presente contrato.
UND�CIMA.- PLAZO.
La duraci�n del presente contrato ser� de [Contract Duration / Duraci�n del contrato] a�os a partir de la formalizaci�n del mismo.
Posteriormente, el contrato se prorrogar� por periodos de [Duraci�n del per�odo] a�os, salvo que cualquier de las partes comunique su decisi�n de no acceder a la pr�rroga del contrato por escrito a la otra al menos [Per�odo antes de expiraci�n] meses antes de la expiraci�n del t�rmino de la pr�rroga en ese momento en curso.
La comunicaci�n a la que se refiere el p�rrafo anterior deber� realizarse mediante correo certificado con acuse de recibo.
DUOD�CIMA.- TEMINACI�N.
La concurrencia de cualquiera de los siguientes casos constituir� causa v�lida para resolver el contrato entre ambas Partes, sin perjuicio de cualesquiera otros derechos o remedios:
1.- Cuando cualquiera de las Partes incumpla las obligaciones establecidas en el presente contrato. La parte incumplidora tendr� [Per�odo para sanar incumplimiento] d�as para sanar dicho incumplimiento desde la notificaci�n de su existencia por la otra parte.
2.- La insolvencia, suspensi�n de pagos, quiebra o intervenci�n de cualquier tipo sobre sus bienes en la que se encuentre el FRANQUICIADO.
3.- El incumplimiento por parte del FRANQUICIADO de las exigencias de adaptaci�n a la imagen corporativa y de distribuci�n de stock propuestas por el Departamento de Imagen y Producto del FRANQUICIADOR, contenidas en la estipulaci�n segunda y plasmadas en el Anexo VI del presente contrato.
4.- El abandono del negocio por parte del FRANQUICIADO por cualquier causa.
5.- El incumplimiento por parte del FRANQUICIADO de lo previsto en la estipulaci�n cuarta del presente contrato.
6.- El incumplimiento por parte del FRANQUICIADO de lo previsto en la estipulaci�n sexta, apartado segundo del presente contrato.
7.- El incumplimiento por parte del FRANQUICIADO de lo previsto en la estipulaci�n sexta, apartado tercero del presente contrato.
8.- El incumplimiento sistem�tico del FRANQUICIADO de la obligaci�n de informaci�n contenida en la estipulaci�n sextas, apartado decimotercero.
9.- El incumplimiento de lo previsto en la estipulaci�n d�cima del presente contrato.
10.- En caso de que el FRANQUICIADO impugne la validez de las Marcas propiedad del FRANQUICIADOR.
11.- El impago por parte del FRANQUICIADO de alguna factura debida en virtud de este contrato de los [Per�odo de notificaci�n] d�as siguientes a que se cursara requerimiento indicando el incumplimiento.
12.- La cesi�n de este contrato total o parcialmente por el FRANQUICIADO sin el consentimiento del FRANQUICIADOR.
La resoluci�n por cualquiera de las causas establecidas dar� derecho exclusivamente a exigir el pago de los da�os y perjuicios por parte de quien se considere perjudicado.
DECIMOTERCERA.- CONSECUENCIAS DE LA TERMINACI�N.
En el caso de que este contrato termine o se resuelva por cualquier causa, cesar� todo derecho del FRANQUICIADO al uso de las Marcas y del Sistema. El FRANQUICIADO cesar� inmediatamente de identificarse como FRANQUICIADO de la Red, desmontando de la Tienda el r�tulo y las Marcas propiedad del FRANQUICIADOR, as� como cualquier elemento de la decoraci�n de la tienda susceptible de identificarle como miembro de la Red.
El FRANQUICIADO dejar� de utilizar cualquier material, mobiliario, placas o fotolitos, folletos y soportes publicitarios que contengan las Marcas propiedad del FRANQUICIADOR. El FRANQUICIADOR podr� adquirir dicho material a precio de coste siempre que se encuentre en buen estado. En caso contrario, el FRANQUICIADO destruir� el material a su costa en un plazo no superior a [Plazo desde la terminaci�n] d�as desde la terminaci�n o resoluci�n del contrato.
Cualquier documentaci�n que contenga instrucciones e informaci�n confidencial sobre el Sistema deber� ser devuelta al FRANQUICIADOR de manera inmediata.
Cualquiera que sea la causa de terminaci�n del contrato, el FRANQUICIADOR podr� adquirir los Productos en poder del FRANQUICIADO a un precio acordado entre las Partes. En caso contrario, el FRANQUICIADO podr� proceder a la venta de los Productos almacenados, la cual deber� realizarse en un plazo de [Plazo de venta] meses.
En cualquier caso, el FRANQUICIADO abonar� todas las cantidades pendientes al FRANQUICIADOR a la terminaci�n del presente contrato.
El FRANQUICIADO reconoce y acepta que la terminaci�n o resoluci�n del contrato supone la p�rdida de cualquier derecho de uso sobre las Marcas, Nombre Comercial y dem�s signos distintivos propiedad del FRANQUICIADOR. Por lo tanto, en caso de que el FRANQUICIADO incumpla las obligaciones establecidas en la presente estipulaci�n con relaci�n a la retirada de las Marcas y r�tulos propiedad del FRANQUICIADOR, y/o cualquier otro signo que identifique al FRANQUICIADOR, ambas Partes acuerdan expresamente que el FRANQUICIADO vendr� obligado a abonar la cantidad de $ [Cantidad de Abono por retraso] por cada d�a de retraso en el cumplimiento de dicha obligaci�n, cuya causa es el uso indebido y no autorizado de las Marcas, y los perjuicios que dicho incumplimiento causa a la Red, sin perjuicio de los dem�s da�os u otros remedios establecidos en la ley.
DECIMOCUARTA.- NO RENUNCIA.
La omisi�n por el FRANQUICIADOR de ejercitar cualquier derecho u opci�n concedido bajo el presente contrato, o de insistir en el estricto cumplimiento por el FRANQUICIADO de todos los t�rminos de este contrato, no constituir� una renuncia a cualesquiera t�rminos o condiciones de este contrato respecto a otro posterior incumplimiento, ni renuncia del FRANQUICIADOR a su derecho a exigir, en cualquier momento posterior, el exacto y estricto cumplimiento de todos los t�rminos de este contrato.
DECIMOQUINTA.- AVISOS Y NOTIFICACIONES.
Todos los avisos y notificaciones para el FRANQUICIADOR y el FRANQUICIADO se formular�n por escrito y se entregar�n en mano, se enviar�n por correo certificado con acuse de recibo, o se enviar�n por fax, dirigidos a la direcci�n del FRANQUICIADOR y el FRANQUICIADO que figura m�s abajo:
- Direcci�n del FRANQUICIADOR: [Direcci�n del Franquiciador].
- Direcci�n del FRANQUICIADO: [Direcci�n del Franquiciado].
DECIMOSEXTA.- MODIFICACI�N.
El presente contrato s�lo podr� ser modificado o rectificado mediante documento escrito por las partes.
DECIMOS�PTIMA.- TOTALIDAD DEL CONTRATO.
El presente contrato, junto con los Anexos unidos al mismo, constituye la totalidad de lo acordado entre las Partes y sustituye y anula todas las negociaciones, compromisos, declaraciones, garant�as y promesas anteriores de las partes, en su caso, con respecto al objeto de este contrato.
DECIMOTAVA.- ASESORAMIENTO INDEPENDIENTE.
El FRANQUICIADO reconoce que el FRANQUICIDOR le han aconsejado contratar asesoramiento profesional independiente con respecto a todos los aspectos de este contrato y del negocio, y que ha contratando el asesoramiento independiente que han [Dear / Estimado o Estimada] necesario y ha quedado satisfecho en lo que respecta a todos los asuntos relevantes antes de formalizar este contrato.
DECIMONOVENA.- LEY APLICABLE.
El presente contrato se regir� e interpretar� de acuerdo con las leyes espa�olas.
VIG�SIMA.- COMPETENCIA.
Para todo lo relativo a la interpretaci�n, cumplimiento y ejecuci�n del presente contrato, las Partes, con renuncia expresa a cualquier otro fuero o privilegio que pudiera corresponderles, se someten de modo formal a la jurisdicci�n y competencia de los Juzgados y Tribunales de [City of the Court / Ciudad del Tribunal].
En prueba de conformidad ambas partes firman el presente contrato de franquicia por duplicado y a un solo efecto, en la fecha y lugar arriba indicados.
FRANQUICIADOR
FRANQUICIADO
FIADOR/ES SOLIDARIO/S DEL FRANQUICIADO.
Anexos.